Resumen:
La presente investigación busca determinar la influencia del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) en las contrataciones de bienes y servicios en la Universidad Nacional de Tumbes, año 2017. La investigación es de tipo no experimental con diseño descriptivo correlacional. La técnica utilizada fue la encuesta, se utilizó como instrumento de recolección de datos el cuestionario y fue aplicado a una muestra de 20 personas. Los resultados determinaron que existe influencia directa alta significativa del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) en la contratación de bienes y servicios en la Universidad Nacional de Tumbes, periodo 2017, ya que el coeficiente de correlación de Pearson fue de 0,745 con un nivel de significancia de 0.00; asimismo se pudo determinar el 40% de los trabajadores califican la utilidad del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) Módulo Logístico (ML) en un nivel regular, debido a que solo se le aprovecha para la creación de los centros de costos, para la asignación de metas presupuestales, para el registro de sus pedidos y para la elaboración de las órdenes de compra y de servicios; sin embargo no se le aprovecha para ingresar los cuadros de necesidades, para identificar los procedimientos de selección, para registra los contratos; por otro lado que el 45% de los trabajadores califican la utilidad del Sistema Integrado de Gestión Administrativa (SIGA) Módulo Almacén en un nivel muy bueno, debido a que se le aprovecha muy bien para elaborar los pedido comprobantes salida, llevar un control de cada bien a través del Kardex, emitir las pólizas de entrada y salida de los bienes del almacén, conciliar contablemente los bienes adquiridos y para conciliar el inventario del almacén con los saldos de las cuentas contables. Así también el 40% de los trabajadores califican la utilidad del SIGA para las fases de contratación bienes y servicios en un nivel muy malo, debido a que nunca se aprovechado los datos para la elaboración del Plan Operativo, del Presupuesto institucional y del Plan Anual de Contrataciones; ni tampoco para controlar los procedimientos de selección, los adicionales, las deducciones, las penalidades, ampliaciones de plazo y resoluciones de contratos.