Resumen:
La conciliación extrajudicial obligatoria vigente en el Distrito Judicial de Tumbes,
provincia de Tumbes, a partir del 13 de septiembre del 2013 por Decreto Supremo
N° 015-2012-JUS publicado en el diario oficial El Peruano el 21 de octubre del 2012,
viene aplicándose en las materias para las cuales se exige su anticipada
celebración conforme a lo establecido en la Ley N° 26872 modificado por el Decreto
Legislativo N° 1070. En la investigación realizada, el objetivo general alcanzado fue
determinar si la conciliación extrajudicial obligatoria contraviene el derecho a la
tutela jurisdiccional efectiva. Se utilizó la entrevista como técnica de investigación
aplicada a tres conciliadores extrajudiciales, se analizó veintisiete resoluciones
judiciales expedidas por los órganos jurisdiccionales de la provincia de Tumbes del
año 2016, se revisó la doctrina y la legislación nacional vigente; se utilizó métodos
descriptivo y además el sistemático, se logró comprobar que la conciliación
extrajudicial busca modernizar y optimizar el acceso a la justicia bajo una cultura
de paz; por lo que se concluye que la conciliación extrajudicial obligatoria no
contraviene el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva.